Serán 17 las clases de vehículos que tendrán libre circulación dentro del horario establecido para el nuevo pico y pico de Ibagué, que se extiende desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche, a partir del 12 de febrero.
“Continúan las excepciones que venían, como los automotores de la Policía, fuerzas militares, organismos de seguridad, servicios públicos domiciliarios, híbridos, a gas, motocicletas, entre otros”, dijo Johana Catalina Díaz, secretaria de Movilidad de la ciudad.
Estos son los vehículos que podrán transitar en las zonas de restricción:
- Vehículos de policía, fuerzas militares, organismos de seguridad o escoltas.
- Vehículos de medios de comunicación. Automotores de propiedad de los medios de comunicación masiva de radio, prensa y televisión, que porten pintados o adheridos en la carrocería en forma visible los distintivos del medio de comunicación y que transporten personal o equipos técnicos de comunicación para el desarrollo de la labor periodística.
- Vehículos de servicios públicos domiciliarios: acueducto, telefonía, energía, gas y recolectores de basura.
- Vehículos de distribución de bienes y alimentos.
- Vehículos de transporte de valores y vehículos de seguridad.
- Vehículos de atención en medicina domiciliaria, transporte de enfermos en caso de emergencia, tales como: ambulancias, Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, incluyendo médicos que demuestren que requieren desplazarse para el ejercicio vital de sus funciones profesionales.
- Vehículos de servicio funerario, cortejo fúnebre, destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros, propiedad de las funerarias o agencias mortuorias.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad: Automotores que transporten o sean conducidos por personas cuya condición motora, sensorial o mental límite o restrinja de manera permanente su movilidad.
- Vehículos en los que se desplacen permanentemente los fiscales, jueces, magistrados, procuradores, el defensor (a) del pueblo, el personero (a) municipal, el contralor (a) municipal y departamental, concejales, diputados, representantes a la cámara, senadores y demás autoridades que se encuentren cumpliendo funciones propias de su cargo y los que así lo requieran por razones de seguridad.
- Vehículos eléctricos y dedicados a Gas Natural Vehicular (GNV).
- Vehículos híbridos: gasolina – eléctricos, diesel – eléctricos.
- Motocicletas.
- Vehículos pertenecientes a los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA), que se encuentren registrados ante el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT.
- Vehículos que se desplacen por las variantes nacionales.
- Vehículos de servicio oficial, blindados, diplomático o consular (Automotor identificado con placas especiales asignadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores).
- Vehículos procedentes de otras regiones y que se encuentren de tránsito por la cuidad, situación que se acreditará con el respectivo recibo de pago del peaje fechado el mismo día de tránsito y solo por un lapso de hasta 120 minutos.
- Vehículos particulares matriculados en el organismo de tránsito del municipio de Ibagué, durante las ‘horas valle’, esto es, desde las 09:00 hasta las 11:00 de la mañana, y desde las 3:00 hasta las 5:00 de la tarde.
Es importante recordar los sectores que no tienen restricciones de movilidad y por donde los conductores pueden desplazarse sin inconvenientes:
- La avenida Ambalá desde la glorieta de El Vergel hasta El Salado.
- El sur entre Boquerón y la popular ‘Vuelta del Chivo’.
- El centro desde el Parque de la Música hasta La Coqueta (incluyendo el barrio El Libertador)
- Picaleña hasta la glorieta de Mirolindo
- La zona del estadio Manuel Murillo Toro, hospital Federico Lleras Acosta y Universidad del Tolima.
- El Puente del Éxito (calle 83) hasta El Salado.